Portal estatal de vivienda pública en alquiler
El portal de Casa 47 – nombre oficial: Entidad Estatal de Vivienda y Suelo – es una empresa pública dependiente del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) para ampliar y gestionar el parque estatal de vivienda asequible en España.
El objetivo es simple; movilizar suelo y vivienda pública, licitar promociones y adjudicarlas en régimen de alquiler con criterios de estabilidad, asequibilidad y transparencia.
Cualquiera podrá consultar la oferta de alquiler asequible y solicitar la vivienda que mejor se adapte a sus posibilidades
Top claves:

- Su portal online Casa 47 que puedes visitar desde AQUÍ se presentó con 800 viviendas disponibles y el anuncio de 1.500 más a corto plazo, hasta rondar las 2.300.
- La convocatoria en abierto oferta en 7 provincias (Asturias, Cataluña, Castellón, Valencia, Alicante, Navarra y Galicia) con plazos hasta el 21 de septiembre de 2026.
- Los ingresos netos de la unidad familiar deben estar entre 2 y 7,5 veces el IPREM: entre 16.800 € y 63.000 € al año.
- Los contratos tienen una duración inicial de 14 años, prorrogables en bloques de 7 años hasta 75 años, y la renta no superará el 30 % de los ingresos ni el 30 % de la renta media del municipio.
- La adjudicación es por sorteo ante notario: no hay baremo de puntos, y el orden de inscripción no influye.
🟧 Nota: Recordemos que hace poco se lanzó el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 donde tenemos una herramienta que puedes consultar todas las ayudas.
¿Cuántas viviendas hay disponibles ahora mismo?
El portal arrancó el 7 de septiembre de 2026 con una base inicial de 800 viviendas en todo el territorio nacional, de las cuales 645 están incluidas en 7 convocatorias abiertas a las que ya es posible inscribirse.
El Gobierno ha anunciado que «muy pronto» se sumarán otras 1.500 y que la oferta se actualizará trimestralmente con nuevas promociones
Distribución de las 645 viviendas abiertas por comunidad autónoma:
| Comunidad / Provincia | Viviendas | Superficie | Renta mensual |
|---|---|---|---|
| Comunitat Valenciana (Castellón, Valencia y Alicante) | 401 | 30 – 160 m² | 350 – 1.066 € |
| Galicia | 99 | 30 – 162 m² | 350 – 705 € |
| Cataluña | 93 | 42 – 128 m² | 350 – 1.012 € |
| Navarra | 34 | 58 – 102 m² | 417 – 519 € |
| Asturias | 18 | 44 – 93 m² | 350 – 716 € |

El plazo de solicitudes finaliza el 21 de septiembre de 2026, tras lo cual se determinará la fecha del sorteo ante notario dentro de un plazo legal máximo para todo el procedimiento de 6 meses desde el cierre.
¿Quién puede solicitar una vivienda de alquiler asequible?
Los criterios generales están fijados en las bases de las convocatorias. Para optar a una vivienda en la ronda actualmente abierta hay que cumplir todos los siguientes:
- Nacionalidad o residencia legal. Al menos uno de los miembros de la unidad de convivencia debe tener nacionalidad española o residencia legal en España, ser mayor de edad o menor emancipado. El resto de convivientes también deben cumplir este requisito.
- No tener otra vivienda en propiedad. Ningún miembro del hogar puede ser propietario, nudo propietario, usufructuario o titular de derecho de superficie sobre otra vivienda. Existen cuatro excepciones tasadas:
- Vivienda inhabitable;
- Adjudicada al excónyuge por sentencia o convenio regulador;
- Recibida por herencia, legado o donación con valor de referencia en Catastro inferior al 50 % del valor medio estatal de una vivienda libre de 90 m² de más de 5 años;
- Inaccesible para una persona con movilidad reducida reconocida.
- Ingresos de la unidad familiar entre 2 y 7,5 veces el IPREM, lo que en 2026 equivale a entre 16.800 € y 63.000 € anuales netos. Se calcula con las casillas 435 + 460 de la declaración de la Renta de 2025.
- Estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.
- No ser empleado ni persona vinculada a Casa 47, para evitar conflictos de interés.
¿Cuánto se paga de alquiler?
El precio del alquiler en Casa 47 no se fija según el coste de construcción de la promoción, sino según dos topes combinados:
- Topé 1 — Ingresos del hogar: el alquiler más los suministros básicos estimados no puede superar el 30 % de los ingresos netos mensuales de la unidad de convivencia.
- Topé 2 — Territorio: el alquiler tampoco puede superar el 30 % de la renta mediana de los hogares del municipio donde se ubique la vivienda.
En la práctica, cada vivienda lleva asociado un rango de ingresos compatible con su precio. Por ejemplo, para optar a una vivienda con renta de 600 €/mes, los cálculos son que el hogar debe ingresar aproximadamente entre 2.000 € y 4.000 € netos al mes.
Las rentas de la convocatoria en abierto parten de 350 €/mes y pueden alcanzar los 1.066 €/mes en los casos más altos de la Comunitat Valenciana
🟧 Nota: ¿Quieres saber el precio real de las viviendas en tu zona? En la nueva web Notarios puedes consultar el precio por metro cuadrado de viviendas ¡más fiable, imposible!
¿Cómo se solicita una vivienda de alquiler paso a paso?
El procedimiento se realiza preferentemente por internet a través de portal.casa47.es que puedes ver desde AQUÍ, aunque también es posible hacerlo presencialmente. Estos son los pasos oficiales:
- Consulta la convocatoria abierta y revisa los requisitos en el portal.
- Filtra por ubicación, tipología y renta con el simulador para ver a qué viviendas puedes optar.
- Selecciona las viviendas que te interesan e indica tu orden de preferencia (puedes pedir varias en una misma convocatoria).
- Identifícate con DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve (Cl@ve Móvil requiere nivel avanzado).
- Cumplimenta la solicitud con los datos personales y económicos de todos los convivientes (necesitarás el DNI/NIE y la declaración de la Renta 2025 de cada miembro mayor de edad, casillas 435 + 460).
- Adjunta la autorización firmada por cada conviviente mayor de edad para incluirle en la solicitud.
- Firma electrónicamente y registra la solicitud. Puedes descargarla después desde el propio portal.
- Espera al sorteo ante notario: una vez cerrado el plazo, se elige un número al azar y, a partir de él, se ordenan todas las solicitudes admitidas. Casa 47 asigna a cada hogar la primera vivienda disponible de su lista de preferencias.
el orden de inscripción no influye en la adjudicación. Hacerlo el primer día tiene el mismo efecto que registrarlo al final del plazo, siempre que la solicitud se presente dentro del periodo habilitado
Si no puedes hacerlo por internet, la solicitud también puede presentarse:
- En papel, en el registro de Casa 47 (P.º de la Castellana 91, 28046 Madrid, lunes a viernes de 9:00 a 14:00).
- Por correo postal o en cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado, avisando antes del cierre del plazo a dpva@casa47.es con el justificante; si no se avisa y la solicitud llega tarde, se inadmite aunque se haya presentado en fecha.
Del sorteo a la entrega de llaves los pasos son:
| Fase | Qué ocurre |
|---|---|
| 1. Cierre del plazo | Todas las solicitudes recibidas en plazo pasan a sorteo. |
| 2. Sorteo ante notario | Se extrae un número al azar y se ordena a todos los solicitantes. |
| 3. Comprobación de requisitos | Casa 47 verifica ingresos, no titularidad y resto de condiciones. |
| 4. Listado provisional | Se publica con admitidos, reserva y excluidos (con motivo). |
| 5. Alegaciones | 5 días hábiles para subsanar. |
| 6. Adjudicación provisional | Se asigna la primera vivienda disponible de la lista de preferencias. |
| 7. Visita al inmueble | El adjudicatario visita la vivienda. |
| 8. Firma del contrato | Plazo de 45 días naturales para aportar DNI/NIE y certificado de no titularidad. |
| 9. Entrega de llaves | Se abonan la fianza de 1 mensualidad y la primera mensualidad prorrateada. |
La adjudicación se realiza mediante sorteo puro ante notario. No hay baremo de puntos: tener hijos, ser joven o estar en riesgo de exclusión social no da ventaja alguna
El único cupo reservado es el de personas con discapacidad, con un mínimo del 4 % de las viviendas y el objetivo de alcanzar el 7 % (para las viviendas adaptadas se exige movilidad reducida reconocida).
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué es Casa 47?
Casa 47 es la Entidad Estatal de Vivienda y Suelo, una empresa pública del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) creada para gestionar y ampliar el parque estatal de vivienda asequible en alquiler. Centraliza todas las convocatorias y permite solicitar vivienda en régimen de alquiler con contratos de hasta 75 años.
¿Cuántas viviendas hay en el portal de Casa 47?
En el momento del lanzamiento, el 7 de septiembre de 2026, hay 800 viviendas en cartera. De ellas, 645 están en 7 convocatorias abiertas distribuidas por Asturias, Cataluña, Castellón, Valencia, Alicante, Navarra y Galicia. El Gobierno ha anunciado la incorporación de 1.500 viviendas adicionales a corto plazo.
¿Qué ingresos hay que tener para solicitar una vivienda de Casa 47?
La unidad de convivencia debe acreditar una renta anual neta de entre 2 y 7,5 veces el IPREM, lo que en 2026 equivale a entre 16.800 € y 63.000 € al año. El cálculo se realiza con las casillas 435 + 460 de la declaración de la Renta de 2025.
¿Cómo se adjudican las viviendas de Casa 47?
La adjudicación se realiza por sorteo ante notario, sin baremo de puntos. Todas las solicitudes admitidas participan en igualdad de condiciones, con independencia del día en que se hayan presentado. El único cupo reservado es el de personas con discapacidad (mínimo 4 % de las viviendas, objetivo 7 %).
¿Cuánto dura el contrato de alquiler?
El contrato inicial tiene una duración de 14 años y se prorroga automáticamente por periodos de 7 años, hasta alcanzar un máximo de 75 años, siempre que el adjudicatario mantenga las condiciones de acceso.
¿Cuánto se paga de alquiler?
La renta está topada: no puede superar el 30 % de los ingresos netos del hogar ni el 30 % de la renta mediana del municipio donde se ubique la vivienda. En la convocatoria en abierto, las rentas parten de 350 €/mes y pueden alcanzar los 1.066 €/mes.
¿Hasta cuándo se puede solicitar una vivienda en la convocatoria actual?
El plazo de la 2ª ronda de alquiler asequible se amplió el 1 de septiembre de 2026 y está abierto hasta el 21 de septiembre de 2026 a través de portal.casa47.es.
¿Se puede presentar la solicitud en persona o por correo?
Sí. Aunque la vía preferente es la telemática, la solicitud también puede presentarse en el registro de Casa 47 (P.º de la Castellana 91, Madrid), en cualquier oficina de registro de la AGE o por correo postal, avisando antes del cierre del plazo a dpva@casa47.es.
¿Qué ocurre si me asignan una vivienda pero no me conviene?
Tras la adjudicación provisional, el adjudicatario puede visitar la vivienda antes de firmar el contrato. Si desiste, se sigue con la lista de reserva. Si firma, se compromete a 45 días naturales para aportar DNI/NIE y certificado de no titularidad, y a pagar la fianza de una mensualidad y la primera mensualidad prorrateada.
¿Tiene ventajas tener hijos o ser joven?
No. El sistema es de sorteo puro, sin puntos. No hay prioridad por edad, número de hijos ni situación de vulnerabilidad. El único cupo reservado es el de discapacidad, con un mínimo del 4 % de las viviendas y el objetivo del 7 %.