Recomendaciones para justificar el nuevo DB HE del CTE ante el certificado energético.
Los expedientes de edificación a los que afecta alguna de las dos normas mencionadas son:
- Nueva construcción
- Ampliación
- Reforma
- Cambio de uso
- Edificaciones existentes que vayan a ponerse a la venta o alquiler
- Edificaciones abiertas permanentemente que estén acondicionadas (aclimatadas)
Los ámbitos de aplicación son los siguientes:
– Sección HE0 del DB HE del CTE (Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre):
- Nueva construcción – Ampliación – Edificaciones abiertas permanentemente y acondicionadas
– Sección HE1 del DB HE del CTE (Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre):
- Nueva construcción – Ampliación – Reformas – Cambios de uso
– Certificación de Eficiencia Energética (Real Decreto 235/2013, de 5 de abril):
- Nueva construcción – Edificios existentes que se vayan a poner en venta o alquiler – Edificios existentes > 250m² de superficie útil ocupados por autoridad pública y frecuentados por público
Recordamos que desde el portal del Código Técnico de la Edificación, codigotecnico.org se actualiza constantemente el Documento Básico (DB) tiene por objeto establecer reglas y procedimientos que permiten cumplir las exigencias básicas de ahorro de energía y que podemos consultar en su sección desde AQUÍ.
En particular, existe unos documentos de apoyo para la aplicación del DB HE donde el Ministerio de Fomento publica una serie de documentos de apoyo (DA) que, aunque no son obligatorios, conforman, junto con el texto articulado del Código, el marco regulador aplicable. Se puede acceder a la última actualización en PDF con fecha del 19 de Enero del 2016… AQUÍ
Como complemento a la normativa aportada, también podemos consultar las novedades del reglamento RITE en instalaciones térmicas.
Para la justificación de las secciones HE0 y HE1 del nuevo DB HE del CTE, se admite, hasta nuevo aviso, una de las dos opciones siguientes:
- Justificación mediante los programas Lider (HE1) y Calener (HE0 y HE1)
- Justificación mediante la nueva Herramienta Unificada (HE0 y HE1)
Sin embargo, y dadas las condiciones actuales de desarrollo de la nueva Herramienta Unificada, se recomienda, en la mayoría de los casos, la utilización en cadena de todas las herramientas mencionadas en el siguiente orden:
Lider → Calener → Herramienta unificada
A continuación se traslada Tabla de pasos a seguir en función del expediente que tengamos que justificar, y en función de si es Uso Residencial Privado o NO. (Cómo ejemplo, las zonas climáticas adoptadas son referentes a Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas)
**Las herramientas CE3 y CE3x NO pueden utilizarse para certificar edificios en los que se realice algún tipo de obra o cambio. Únicamente pueden utilizarse para calcular la calificación de eficiencia energética de los edificios existentes que vayan a ponerse en venta o alquiler.
Desde el portal del Código Técnico se ha implantado una nueva herramienta (De descarga gratuita) para justificar el nuevo Documento Básico de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación (DB HE). Nos debemos registrar en el portal para poder acceder a la misma. (Actualmente la herramienta no está disponible – actualizado 2018)
Otra forma de aportar un análisis sobre las mejoras propuestas en el certificado energético, es ver si cumplen con el DB HE0 y DB HE1 en el programa Ce3X, es con el nuevo plugin-complemento de ISOVER que desde el artículo Comprobación requisitos CTE lo explicamos paso a paso sobre el programa Ce3X.
Enlaces de interés:
Nunca CE3 y CE3X fué para otra cosa que no fuera calificar la eficiencia energética de los edificios EXISTENTES, para la venta, alquiler o por que al propietario le apetecía.
Pues siento corregiros, pero tambien existe la posibilidad de justificar el el nuevo HE en obra nueva mediante CE3 y CE3x, y los calener Vyp y GT, al menos de manera transitoria, y hasta diciembre de este año 2014, siguiendo las indicaciones de la nota emitida por el ministerio de fomento:
http://web.coal.es/ftp/cat/documentos/notainformativa-SGAE-MFOM.pdf
En cualquier caso, y de manera complementaria, y dado que el CTE es un documento prestacional, queda al libre albedrio justificar los datos de cumplimiento de los distintos apartados de DB-HE con la herramienta que el técnico estime oportuna, siempre que tenga argumentos para justificar dicho calculo, pareciendo lo mas adecuado utilizar la nueva herramienta unificada LIDER-Calener, pero sin ser obligatorio.
El Antiguo LIDER, no sirve para justificar el DB-HE 2013 al menos de manera directa, ya que no calcula el HE-0, y los valores límite de HE-1 que toma, son los del antiguo DB-HE1, y no los del actual.
Un saludo
Hola Luis. El post es referente a recomendaciones, y que efectivamente tal como comentas se puede justificar siguiendo las instrucciones del M. Fomento, aquí cada técnico deberá optar por una vía que no es más que argumentar los cálculos obtenidos de forma coherente… Un saludo, Pau.
Gracias Pau, por el resumen y por darnos a conocer este artículo. A mi la sensación que me ha quedado desde hace ya 8 años es la de que existe poca coordinación entre los grupos de expertos que han redactado el CTE. Recordemos la controversia entre renovación de aire vs. ahorro de energía, o la necesidad de cambio de niveles de aislamiento tan solo 7 años después de su publicación. Parece que cada grupo funcione de manera autónoma…
Tienes toda la razón del mundo!…. y no veo cambios. Un saludo.
Buenas tardes,
Muchas gracias por los artículos que escribes, a los que sabemos poco acerca del asunto nos vienen genial. Yo soy un estudiante de ingeniería y la verdad, estoy leyendo sobre el tema y me surgen bastantes dudas, por lo que quería preguntarle, corrígeme si me equivoco:
Partimos que toda la normativa referente al uso de energía en edificios se encuentra agrupada en el DB-HE del CTE, a lo que llega la orden del ministerio de fomento de actualizarlo para transponer la directiva de 2010/31 de la unión europea a este documento. Esta transposición de la directiva de la unión europea al documento básico de ahorro de energía se realiza mediante dos decretos: el real decreto 235/2013 (certificado energético) y el real decreto 238/2013 (modifica el RITE). Entonces me surge la siguiente duda (probablemente sea debido a mi desconocimiento en torno a leyes pero no encuentro la información):
Todo el DB-HE actualizado se compone de 6 capítulos (del HE-0 al HE-6), pues bien a mi me gustaría saber si en estos 6 capítulos se encuentran incluidos estos dos reales decretos o esta por una parte el DB-HE y por otra parte los reales decretos que hay que cumplir por separado.
Le agradecería mucho si pudiera aclararme esta questión.
Muchas gracias de antemano y un saludo.
Actualmente se encuentra como única herramienta la HULC (herramienta unificada lider-calener) no estando Calener en vigor