Apartado Observaciones Certificado Energético

Glosario de observaciones Certificado Energético a incorporar por el Técnico Certificador cuando redacte el Informe ante posibles acciones legales.

✎ Autor: Pau Segui

 

¿Qué observaciones añadir en el Certificado Energético?

Creo que todos los Técnicos Certificadores debemos entender que la redacción del Certificado Energético supone dar “fe” de una serie de características que recaen sobre un inmueble determinado. Donde el Técnico que suscribe tal Documento  asume una serie de responsabilidades tanto ante nuestro cliente como con las Administraciones pertinentes. Donde el apartado de las observaciones certificado energético adquiere su importancia.

Llegados a este punto, deberíamos  incluir una serie de Observaciones  –a nuestro parecer- que respalde la redacción coherente y profesional  del Certificado Energético ante posibles acciones legales por parte de nuestro cliente u otras entidades.

Observaciones Certificado Energético:

1.-  Un apartado que creo que es importante y en la última versión del programa CE3X (En la Etiqueta) ha desaparecido una frase que nos puede interesar (En el CE3 creo que tampoco ya no aparece) dado que los programas destinados a edificación existente calculan en base a una Calificación  estándar. Sería añadir:

“Se observa que el Consumo de Energía y sus Emisiones de Dióxido de Carbono son las obtenidas por el Programa  ____, para unas condiciones  normales de funcionamiento y ocupación. El Consumo real de Energía del Edificio y sus Emisiones de Dióxido de Carbono dependerán de las condiciones de operación y funcionamiento del edificio y de las condiciones climáticas, entre otros factores.”

*Recordemos que en el Decreto 47/2007  destinado a Obra Nueva es de obligado cumplimiento que aparezca (Anexo II. Punto 5)

2.- La única forma de identificar un inmueble es vía Catastro, dado que nuestro cliente no nos proporcionara ninguna Doc. Registral, contemplando dos casos:

2.1.- Ref. Catastral es de la matriz o no coinciden sus datos:

«Se observa que existen discrepancias entre la realidad física del inmueble y los datos arrojados según la Ref. Catastral indicada, en cuanto a la descripción y/o localización, que no induce a dudar sobre su identificación o características y que no influyen previsiblemente sobre los valores emitidos en el presente Certificado.»

2.1.- No disponemos o no podemos obtener la Ref. Catastral:

«Se observa que no se ha podido conocer la referencia catastral del inmueble ni se ha podido obtener datos catastrales del mismo mediante consulta telemática ala Oficina Virtual de Catastro.»

3.- Datos del cliente:

«Se observa que la información adjunta en el  apartado de “Datos del cliente” del presente Informe son los aportados de forma verbal  por el Titular Registral del inmueble.»

4.- Con referencia al patrón de sombra, dado que la toma de datos será genérica:

«Se observa que el “Patrón de Sombra”  contemplado  a efectos del presente Informe es referente a la mejor aproximación que ha sido posible obtener el Técnico Certificador para la tipología analizada. Limitado únicamente a una toma de datos genérica del entorno.»

5.- Referente a las  mejoras planteadas, creo que es importante que aparezcan valores coherentes y económicos. Un ejemplo sería los aportados en el programa CE3X:

«Se observa que las mejoras planteadas y las partidas genéricas de los costes de construcción adoptados en el análisis económico para un aumento de la posible  mejora en su calificación son orientativas. Basados en datos que han sido extraídos de  revistas especializadas, teniendo en cuenta su ubicación, situación actual del mercado, tipología y calidades de que dispone el bien Certificado.»

6.- Referente a la visita:

«Se observa que el Técnico Certificador  que suscribe el presente Informe no se hace responsable de la posible existencia de vicios ocultos, alteraciones en las instalaciones y  construcción del inmueble,  que pudieran afectar a la calificación expresada en el Informe. Los datos obtenidos de las comprobaciones del inmueble en el presente informe se han limitado únicamente a una inspección ocular del mismo “in situ”.»

7.- Otra observación a añadir que deberíamos tener en cuenta es el periodo de validez del Certificado Energético según el Proyecto Real Decreto:

“Se observa que el presente Informe dispone de una caducidad de 10 Años desde fecha de redacción del presente informe.”

8.- Deberemos observar  aquellos cálculos asumidos por el Técnico que represente una acción no incluida en el Programa utilizado para la redacción del Certificado Energético.

El glosario de observaciones aportado es de redacción propia, atendiendo a nuestra experiencia y con el afán de “cubrirnos las espaldas” ante posibles acciones legales. Sería interesante poder cotejar diferentes opiniones al respecto.

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Autor: Pau Segui | Página del escritor

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BIO: Pau Seguí (Pablo) es fundador y director de OVACEN, un periódico digital. Lleva más de 18 años de experiencia en el campo de la arquitectura, decoración, construcción, urbanismo, eficiencia, renovables y sostenibilidad. Escribe en Construccion21, Inmodiario, y otras muchas publicaciones en blogs y portales especializados.

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3 comentarios en «Apartado Observaciones Certificado Energético»

  1. Tomás González Navarro

    Sobre las observaciones del certificado energético deben ampliar las personas responsables
    que deben poder realizar este tipo de certificación.

    Responder
  2. Luis Figuerola Prats

    Entiendo que sus comentarios son muy acertados y nos serán de gran utilidad.
    Muchas gracias por la difusión del articulo
    Un saludo

    Responder
  3. OVACEN

    Muchas gracias por estar ahí. Tengo la esperanza que alguien aporte alguna sugerencia para ir completando y/o rectificando de forma coherente el presente post, y que todos los Técnicos podamos sacarle partido. Un saludo

    Responder

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