Propuesta sanciones en los Certificados Energéticos

✎ Autor:  Pau Segui

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Se han presentado dos Enmiendas que afectan a las sanciones de los Certificados Energéticos.

Enmarcaran las futuras infracciones y sanciones de los certificados energéticos en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios y el régimen sancionador. Que abarca el proyecto de ley de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.

Centrándonos en las sanciones de los Certificados Energéticos y régimen de infracciones posibles serán:

   Se considerarán infracciones muy graves falsear la información en la expedición o registro de los certificados, actuar como técnico certificador o agente independiente autorizado para el control de la certificación sin contar la habilitación pertinente, y publicitar en la venta o alquiler de edificios o parte de edificios una certificación que no esté respaldada por un certificado en vigor debidamente registrado.

  Las infracciones graves serán incumplir la metodología de cálculo del procedimiento básico para la certificación, no presentar el certificado ante la comunidad autónoma para su registro, no incorporar el certificado de eficiencia energética de proyecto en el proyecto de ejecución del inmueble, exhibir una etiqueta que no se corresponda con el certificado real, y vender o alquiler un inmueble sin que el vendedor o el arrendador entreguen el certificado en vigor al comprador o arrendatario.

   Finamente, constituirán infracciones leves publicitar la venta o alquiler de edificios o unidades de edificios que deban disponer de certificado sin hacer mención a su calificación, no exhibir la etiqueta de eficiencia cuando es obligatorio o exhibir una sin el formato y contenido mínimos, expedir certificados sin la información mínima, incumplir las obligaciones de renovación o actualización de los certificados, no incorporar el certificado en el Libro del Edificio y publicitar la calificación del proyecto cuando ya existe la del edificio terminado.

   Además, será infracción grave cometer una infracción leve si el año anterior se hubiera impuesto al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción, y será muy grave si durante los tres años anteriores se hubiera impuesto una sanción firme por la misma actuación. Las comunidades autónomas tendrán las competencias en esta materia, que afectará a las personas físicas o jurídicas, o a las comunidades de bienes que las cometan «aun a título de simple inobservancia».

   Con respecto a las sanciones de los Certificados Energéticos, será de 300 a 600 euros por las infracciones leves, de 601 a 1.000 euros por las graves, y de 1.001 a 6.000 euros las muy graves. No obstante, si el beneficio que el infractor hubiera obtenido por la infracción fuera superior al importe de la sanción se impondrá por un importe «equivalente» al de dicho beneficio, teniéndose en cuenta en la graduación el daño producido, el enriquecimiento obtenido injustamente y la concurrencia de intencionalidad o reiteración.

Enmiendas presentadas en el Congreso para el  proyecto de ley de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Aparentemente más que infracciones o sanciones en los Certificados Energéticos son recaudaciones de cara al consumidor que ya está bastante castigado por la crisis económica.

Autor: Pau Segui

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BIO: Pau Seguí (Pablo) es fundador y director de OVACEN, un periódico digital. Lleva más de 18 años de experiencia en el campo de la arquitectura, decoración, construcción, urbanismo, eficiencia, renovables y sostenibilidad. Escribe en Construccion21, Inmodiario, y otras muchas publicaciones en blogs y portales especializados.

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1 comentario en «Propuesta sanciones en los Certificados Energéticos»

  1. Javier

    El denominado «Banco Malo» o Sareb, junto con el resto de Cajas de Ahorros y Bancos tienen una oferta de viviendas en venta y en alquiler aproximadamente de 300.000 viviendas y va en aumento. Si publicitan la venta o el alquiler de sus viviendas sin tener el certificado de eficiencia energética, lo que conllevaría a una falta leve mínima de 300 euros, entonces las autonomías recaudarían de golpe: 300.000 viviendas x 300 euros/vivienda = 90.000.000 euros. Cada cual que saque sus propias conclusiones.

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