La denuncia en los certificados energéticos. Cómo actuar ante el proceso de certificación energética.
Desde la entrada en vigor de la Normativa en certificación energética (Ley 235/2013 “Procedimiento Básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios”) que ya llevamos en aplicación más de dos meses. A priori, han aparecido diversos casos de “fraudulencia” aparentemente bien reconocidos tanto ante el consumidor como por parte de algún Técnico Certificador sin que desde la Administración se pronuncie.
Quería expresar y que tuvierais conocimiento de la respuesta que nos ofrece el IDAE ante una posible negligencia por parte de algún Técnico Certificador y que posibles vías de denuncia en los certificados energéticos nos ofrecen.
En este caso nos centramos ante una serie de eventos que están sorprendiendo en el ámbito de la certificación energética cuando se ofrece que el certificado energético es redactado por el Técnico Competente y la toma de datos por el cliente/propietario que pasa a ser reconocido como Técnico Ayudante que es quien plasma y obtiene la información y características del inmueble, es decir:
Técnico Competente = Técnico con Titulación Universitaria habilitado según la Ley 235/2013.
Técnico Ayudante = Pasa a ser el Cliente/Propietario del piso.
Llegados a este punto, realizamos una consulta concreta al IDAE sobre un caso real, indicando que:
“Atendiendo a las indicaciones presentadas en la oferta, se puede observar que el cliente pasa a ser Técnico Ayudante. Atendiendo al Real Decreto 235/2013 En el Artículo 1. Punto 3. Apartado q) …Se identifica al Técnico Ayudante, y cito textualmente:
q) Técnico ayudante del proceso de certificación energética de edificios: técnico que esté en posesión de un título de formación profesional, entre cuyas competencias se encuentran la colaboración como ayudante del técnico competente en el proceso de certificación energética de edificios.
Reconocemos que el Técnico Ayudante mínimo deberá de tener en su poder un “Título de formación profesional” viendo que el tema de las competencias se definirán en un futuro.
En la oferta no se especifica que el “cliente” mínimo deberá de tener un Título de formación profesional para actuar como Técnico Ayudante. La presente oferta puede ser engañosa para el cliente. Me gustaría que me informaran de los medios actuales o vías Administrativas para poder actuar, si lo considero oportuno.
Ante la certificación energética y sus posibles infracciones…¿Dónde puedo acudir a denunciar alguna posible infracción en certificación? Tanto de publicidad engañosa como de una mala práctica en el deber profesional por parte de un Técnico Certificador.”
Respuesta del IDAE ante la posible denuncia en materia de certificación energética:
“Muy Sres. Nuestros,
Ante todo gracias por utilizar este servicio.
Respecto a la cuestión planteada, le comunicamos lo siguiente:
Le invitamos a que se ponga en contacto con los organismos competentes en materia de certificación energética de su CC.AA. que son los encargados de aplicar dicha legislación, para hacerles llegar dicha información:
Organismos de actuación y competencia por cada Comunidad Autónoma
Así mismo, le invitamos a que se ponga en contacto con alguna de las entidades de Defensa de los Consumidores.
En espera de que la respuesta le sea útil, reciba un atento saludo.”
Sin comentarios por mi parte, sigo con el proceso. En este caso ya no puedo demostrarlo vía email, es decir, llame directamente al organismo en materia de certificación energética de la Comunidad Autónoma oportuna atendiendo a que es verano.
La respuesta que me comunicaron más o menos es:
“Desde nuestro departamento aún no hemos formalizado ni generado un comité que se destine a tal acto. Estamos a la espera que se publique la Normativa que regule o confirme las sanciones indicadas en la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana, pero podrá mientras tanto formalizar un escrito a la delegación territorial correspondiente para que estudien su caso”.
Aquí es cuando digo y espero que me perdonen “Somos un país de pandereta”. ¿Qué opináis?
Me parece una irresponsabilidad. No se puede hacer una normativa a medias. Da la sensacion que el Decreto sobre el Certificado se ha hecho con desgana, como no creyendo en el. Se puede pensar que no se hablo de sanciones porque creyeron que nadie iba a molestarse por la mala practica. La sensacion no puede ser mas desmoralizadora.
Aunque la respuesta sea francamente insatisfactoria, no debemos por ello dejar de denunciar todos los casos que lleguen a nuestro conocimiento, Es el único modo de sacar del sector a los profesionales que lo están devaluando hasta extremos insoportables. Animo a todos a actuar como vosotros, tanto de forma particular como haciendo uso de vuestro colegio profesional (no querrán en principio meterse en esas guerras, pero hay que obligarles), Mi enhorabuena por este excelente post.
Como corresponde a un país de tunos (la pandereta era el instrumento distintivo por excelencia) será preciso esperar a la publicación del panfleto en el que se especifique, clara y concretamente, la sanción que corresponda a una presunta infracción en lo que se refiera a la gravedad del caso.
No sé si el término «panfleto» es el más adecuado a la pantomima energética en cuestión pero, en cualquier caso, tampoco queda claro lo que pudiera o pudiese ocurrir cuando el «técnico competente» coincida con el «técnico auxiliar»., caso no frecuente pero sí posible.
Como nota marginal, no deja de ser preocupante o, cuando menos, chocante el nombre de la calle de la delegacion correspondiente en el caso de las «Illes Balears».
Saludos cordiales.
A todos, gracias por los comentarios. Espero que el próximo Otoño se resuelva estas situaciones y muchas tantas que están empobreciendo tanto la labor del Técnico como la veracidad y finalidad de la Ley en certificación energética.
Un saludo…Pau.
Pero esta respuesta, en este caso sobre sanciones, es la que te dan si realizas cualquier consulta que se «salga» de sus esquemas. Tienen a los funcionarios desbordados sin haberles dotado de un procedimiento ni una reglamentación clara y homogénea.
Estoy bajo los efectos de un catarro ocasionado por esos magníficos equipos de aire acondicionado que en verano nos hacen tan felices (propongo aire acondicionado como nuevo instrumento de tortura), así que voy a ser breve. En estos foros ya expresé que la aparición del técnico ayudante en una Ley era un autentico disparate, propiciado por el tipo de empresas que iban a entrar en este mercado (herederas en cuanto a toda la tramoya de las empresas de tasaciones) y a las que se le estaba preparando el camino. La respuesta del IDAE?, después de acudir a varias jornadas en las cuales han participado sus técnicos a mi ya no me sorprende nada.
Ante todo, ánimo.
Nos hemos quedado «atónitos» leyendo el artículo…. Mientras unos y otros se pasan la pelota los «técnicos piratas» seguiran apareciendo al verse impunes y seguiran bajando los precios y ofreciendo un servicio que no está al nivel de un profesional.
No debemos de dejar de denunciar éstas situaciones con la esperanza de que pronto sean sancionadas por la administración.
Gracias por este artículo tan interesante. Saludos
Quiero recordaros que el reglamento de parte de la ley del suelo de 2007 salio en noviembre de 2011.
Recomiendo presentar escritos registrados en las CCAA, uno cada semana y a la cuarta semana sin contestación llevarlos ante el defensor del pueblo de cada comunidad, es gratis, no es resolutivo, pero saca los colores a la administración y se suelen poner las pilas.
Buenas tardes. Creo que todos los que hemos comentado estamos un poco desilusionados con todo lo que está pasando con las Certificaciones de Eficiencia Energética. La picaresca en España no tiene límites y todos los que nos consideramos honrados nos crea una frustración que nos hace pensar en mandarlo todo a ya sabéis donde…. El otro día me pidieron presupuesto para hacer un certificado: el propietario me decía que ya tenía un presupuesto de 95 euros IVA incluido, y además le incluían el registro en la Junta de Andalucía, la visita al inmueble, etc…. Las últimas palabras del potencial cliente fueron: «¿Puede usted mejorar este presupuesto?». A lo cual le dije que NO, y que si quería un presupuesto más barato aún, tenía páginas de bonos de internet, donde he llegado a ver Certificados por 79 euros.
Creo que las personas honradas hacemos nuestro trabajo lo mejor posible, y el precio se pone en función del tiempo dedicado a ello. A esos precios, dudo que un técnico dedique el tiempo necesario para hacer un buen trabajo. Pero bueno, lo mismo es que estos técnicos son más listos que nadie y lo hacen todo en 2 horas…. quizá les regalen la gasolina si tienen que desplazarse…. quizá no estén dados de alta en autónomos y no paguen los cerca de 300 euros todos los meses… quizá les regalen las impresoras y los cartuchos de tinta…. quizá endesa les perdone las facturas de luz….. o yo que se….. quizá tengan una máquina para hacer certificados como churros…. a lo mejor son unos genios de las finanzas…. puede ser…..¿o tal vez son listillos?. En fin, dejémoslo ahí.
Cambiando de tema, no paro de ver en los portales de venta y alquiler de viviendas (todos sabemos a cuales me refiero…) anuncios donde no se especifica la Calificación Energética de la misma, lo cual debería ser sancionado según el RD 235/2013; pero es que además he visto viviendas que aparecen anunciadas con Calificación Energética A y disponen de termo eléctrico para generación de ACS, lo cual es imposible: No se puede tener Calificación A con un termo eléctrico. Ante este escenario, ¿como actuar? ¿de qué manera podemos luchar contra esta piratería? La respuesta no la se, de momento me siento algo pesimista. Pero creo que lo que ha comentado Juan Carlos sobre presentar escritos registrados en las CCAA, o presentar reclamaciones a la oficina del consumidor cuando veamos algún anuncio de venta o alquiler de vivienda sin publicitar su calificación es la única medida que podemos tomar. Quizá si todos lo hacemos nos puedan hacer algo más de caso…. quizá no sirva de nada, pero es la única forma de defendernos.
Para finalizar, quisiera dejaros un artículo que escribió un propietario de una vivienda donde explica con bastante detalle el escenario en el que nos encontramos.
Gracias y perdonad por extenderme tanto.
Felipe, gracias por el comentario y el artículo que reseñas es muy interesante. Poco a poco aparecen las «miserias» de la certificación energética.
Un saludo.
Leí al principio un articulo que insinuaba que ante una calificación errónea podría llegar a ser ilegal el contrato de compra venta o alquiler.
en venta esta claro otra cosa es que el vendedor tenga todavía el dinero (los bancos si).
En Alquiler lo decía claro, dejas de pagar por ese motivo (carta a la propiedad) y que te lleven a juicio, con un buen abogado hasta te tendrían que devolver el que ya has pagado. (picaresca con la ley de la mano)
Después que la propiedad reclame al certificador, si sigue existiendo.
Buenas noches,
Comentaros que desde la Oficina del Consumidor de la Comunidad de Madrid establecen que los técnicos competentes para la realización de certificados de eficiencia energética son los Arquitectos, Arquitectos Técnicos, Ingenieros Industriales e Ingenieros Técnicos Industriales pero me hago una pregunta, ¿Cualquier especialidad de Ingeniería Técnica puede realizar el certificado?
Os dejo un enlace en el que se pueden registrar los técnicos competentes, tiene buena pinta temploconsulting.com
Es una empresa de negocio, venta, alquiler propiedades, certificados E. Venta de aceites cosméticos…Si, Si La pinta bueniiisima.
Hola JuanP, gracias por el enlace. A la pregunta de «¿Cualquier especialidad de Ingeniería Técnica puede realizar el certificado?»….En su momento el IDAE emitió un Informe de preguntas frecuentes a la certificación energética donde se especifica las titulaciones habilitadas. Te dejo el enlace de un post donde encontraras toda la información y acceso al documento.reseñado:
Un saludo.
Este es un tema bastante complicado. Para estés casos de denuncias y así, lo mejor contar con la colaboración de expertos en la materia. Creo que los administradores de fincas nos pueden ayudar.
También para reclamar las plusvalia municipal, la mejor manera es contar con la ayuda de los expertos en estos temas.